Programa de Reindustrialización y Fortalecimiento de la Competitividad Industrial 2018
La dotación con cargo a los Presupuesto Generales del Estado es de 400 millones de euros.
El plazo de solicitud finaliza el 31 de enero de 2019
Las actuaciones financiadas deberán ejecutarse desde el 1 de enero de 2018, hasta un plazo máximo de dieciocho meses contados desde la fecha de resolución de la concesión.
El presupuesto financiable mínimo de las inversiones será de 100.000 euros.
El importe de la financiación a conceder será del 75 por ciento sobre el presupuesto financiable.
El límite del importe del préstamo a conceder será de cinco veces los fondos propios para empresas con cuentas históricas significativas y de tres veces los fondos propios para empresas sin cuentas históricas significativas.
Los apoyos financieros convocados mediante esta orden tendrán la forma de préstamos reembolsables con las siguientes características:
a) Importe del préstamo: el que resulte de la aplicación de los porcentajes y límites establecidos en artículo 8 de la Orden ICT/1100/2018, de 18 de octubre.
b) Plazo de amortización: diez años, con un plazo de carencia de tres años.
c) Tipo de interés de aplicación: 1,647 % liquidación anual
Podrán beneficiarse las sociedades válidamente constituidas que cumplan las condiciones establecidas en el artículo 3 de la Orden ICT/1100/2018, de 18 de octubre
Incentiva las siguientes actuaciones:
a) Creación de establecimientos industriales: inicio de una nueva actividad de producción en cualquier punto del territorio nacional.
b) Traslado de establecimientos industriales: cambio de localización de una actividad de producción previa hacia cualquier punto del territorio nacional.
c) Mejoras y/o modificaciones de líneas de producción: realización de inversiones de adquisición de equipos que permitan la modernización de líneas de producción existentes o generen la implantación de nuevas líneas de producción, en establecimientos industriales que ya estén en producción en el momento de la solicitud.
d) Implementación productiva de tecnologías de la “Industria Conectada 4.0”: realización de inversiones de adquisición de activos fijos materiales en establecimientos industriales que ya estén en producción en el momento de la solicitud, para:
1º La implementación de soluciones de hibridación del mundo físico y digital (sistemas inteligentes, low-end y embebidos, sensores, wearables, e-tags, realidad virtual e impresión 3D, robótica y vehículos no tripulados dentro del establecimiento industrial) de los procesos de producción que, al menos, genere una línea de producción completa.
2º La fabricación de los sistemas definidos en el anterior punto.
3º La implementación de infraestructuras físicas de red para la conectividad digital de los procesos de producción, que avancen hacia el concepto de “Internet de las Cosas”.
Conceptos de gasto financiable:
a) Obra Civil: inversiones materiales en urbanización y canalizaciones, con exclusión expresa de terrenos.
b) Edificación: inversiones materiales para la adquisición, construcción, ampliación o adecuación de naves industriales, así como de sus instalaciones y equipos no vinculados directamente al proceso productivo.
c) Aparatos y equipos de producción: adquisición de activos fijos materiales directamente vinculados a la producción, excluidos los elementos de transporte exterior.